lunes, 8 de junio de 2009

Don't Cry - El Comienzo


El primer video de esta famosa trilogía es Don't Cry, una canción que Axl Rose hizo antes de que los Guns fueran conocidos. Despues sacaría una versión de este tema con diferente letra ya que según él expresaba más el sentimiento actual que la orginal.

Al más puro estilo cineasta, Guns And Roses hicieron un casting para encontrar a la chica que imitaría a la del cuento. Axl vió en una revista a la modelo Stephanie Seymour, se pusieron en contacto con ella y aceptó, durante el rodaje Axl Rose y ella acabarían haciendose novios, evidentemente despues vinieron las discusiones y demás, hasta que lo dejaron y no precisamente acabaron como amigos, con Axl tenía que ser así.

Andy Morahan fue el director que se encargó de hacer el vídeo, según él fue increíble lo bien que lo hicieron Slash, Axl y compañía para no haber actuado nunca.

Don't Cry tiene como protagonistas las reencarnaciones que se suceden a través del tiempo, ya de primeras Axl aparece en la nieve, en lo que según el es una metáfora que muestra a alguien atrapado en tiempo y espacio, algo así como una vida pasada. En la actual Axl intenta suicidarse en muchas ocasiones, lo que podemos ver en su pelea con su novia por la pistola, despues aparecen ambos en un cementerio, y Axl ve un funeral, el suyo.

Seguidamente aparece Slash, discutiendo con una novia (que es como si fuese la que tuvo él en la realidad) en un coche, y acaban callendo a un precipicio, al verle tocando la guitarra en lo alto del precipicio y despues tirarla podemos comprender algo así como que su alma asciende y se desprende de lo terrenal

Cuando Axl aparece en una camilla es algo así como que sus otras vidas vienen a reprocharle su fracaso, y acaban reprochándoselo unas a otras.
Lo de ver tres Axl diferentes en realidad no estaba pensado así, debía aparecer el guitarrista Izzi Stradlin, pero no quiso, por eso en un momento se ve a un guitarrista cuando aprecen tocando en lo alto de un hotel con un cartel que pregunta ¿donde esta Izzi? Seguidamente en las imagenes en las que Axl sale en terapia aprece la terapeuta Susan London, que en la realidad tambien era su terapeuta.

Finalmente aparece una lápida en la que se lee: “W. Axl Rose 1962-1990”, el poner 1990 como fecha de su muerte fue porque según Axl fue uno de los peores años de su vida. Cuando Axl aparece desnudo y de color verde bajo tierra según él, se trata de representar ese demonio que todos llevamos dentro y deja nuestro cuerpo cuando morimos y la paloma que se ve ascender es el alma.

Para acabar definitivamente el video aparece otro bebé, a diferencia del que aparece al principio tiene los ojos verdes (el del principio los tiene azules), lo cual expresa que otra vida comienza y el hecho de que emerja del agua no ilustra la pureza del nacimiento y el intento de limpiar errores de vidas pasadas.

El vídeo del youtube no se puede insertar asique dejo aquí el enlace, y la canción para que no quede esto soso, si alguno sabeis de otra página de la cual se pueda insertar el vídeo genial.

http://www.youtube.com/watch?v=RtoDox0kAFE

15 comentarios:

Unknown dijo...

Ey Javi (si mal no recuerdo), jajaja, te puse PCPI2 para que los demás también supiesen quien eras...

Que curisoso, algo de esta historia anda en el ambiente porque hace unos días la leí también en el blog de camaradamansa (http://musicapormi.blogspot.com/), Me alegra saber que has vuelto con tanto ánimo y tanto que contartnos.

Un abrazo,
El Mar.

Boris dijo...

no se que me gusta más,si la canción o el videoclip.el videoclip lo describes muy bien y es que tiene muchisimos detalles que le hacen interesantisimo

eloidodelmundo dijo...

Eih! muy buen post! y el tema no se queda corto!

Me alegro de leerte de nuevo!

Un saludo!
eloido

ordago13 dijo...

Que temazo que pena que acabaran asi los guns & roses....

infinitas gracias por escucharme

ErikPV dijo...

Uaaa, Don't cry es la rehostia, y los otros dos videoclips más de lo mismo. Como canción me quedo con Estranged de las tres.

Mola tu blog, he visto la entrada de Berri Txarrak haciendo una cover de los Judas y me encanta. Los conocí porque el grupo de un amigo hizo una cover en un concierto.

Si quieres pasarte por mi blog, quedas invitado. Y quien quiera también.
http://music-damnation.blogspot.com/

ordago13 dijo...

Geníal esplicada la historía de está grandisima canción y tambiñen grandisimo video¡¡¡¡

Te sigo visitando¡¡


republica libertaria de las tortugas

David Gallardo dijo...

Los Gunners fueron enormes, maldita sea, por qué tuvieron que acabar tarifando de esa manera?

Andy dijo...
Este comentario ha sido eliminado por el autor.
Andy dijo...

Un de mis baladas rock preferidas y por supuesto la trilogia de videoclips es una gozada. Izzy abandono la banda a causa de (como no) por diferencias con Axl...siempre fue un insoportable. Por cierto he reabierto mi blog sobre musica y te invito a que te pases. Saludoss

Anónimo dijo...

NORMAS Y EQUIPO DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE SANITARIO

Normas generales en el transporte sanitario

Características de los vehículos de transporte sanitario por carretera
Los vehículos de transporte sanitario sujetos al Real Decreto 619/1998, de 17 de abril, por el que se establecen las características técnicas, el equipamiento sanitario y la dotación de personal de los vehículos de transporte sanitario por carretera, deberán cumplir, en todo momento las exigencias contenidas en la citada disposición y, en su caso, en las normas de la Comunidad Autónoma en la que radique el domicilio indicado en el correspondiente permiso de circulación y disponer de la certificación técnico-sanitaria acreditativa del cumplimiento de tales condiciones, regulada en el capítulo IV de esta Orden, expedida por el órgano competente en materia de sanidad del lugar en que se encuentre domiciliado el permiso de circulación del vehículo.

Obligatoriedad de la autorización de transporte sanitario
La realización de actividades de transporte sanitario público o privado complementario por carretera requerirá la obtención, para cada vehículo dedicado a la misma, de una autorización administrativa que habilite para su prestación, de conformidad con lo dispuesto en el art. 135 del Reglamento de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre (en adelante, ROTT).
No será, por el contrario, precisa la obtención de dicha autorización para la realización de transporte sanitario oficial por los órganos de las Administraciones públicas con vehículos de su titularidad, pero éstos deberán cumplir, en todo caso, las exigencias de antigüedad máxima previstas en el art. 7, así como las establecidas en el Real Decreto 619/1998.

Organo competente para otorgar las autorizaciones de transporte sanitario
El otorgamiento de las autorizaciones de transporte sanitario se realizará por el órgano competente para la expedición de las autorizaciones de transporte discrecional interurbano en el lugar en que aquéllas hayan de estar domiciliadas.

Domicilio de las autorizaciones de transporte sanitario
Las autorizaciones de transporte sanitario deberán estar domiciliadas en la localidad en la que radique el domicilio indicado en el permiso de circulación de los vehículos a los que se refieran, que constituirá la base de sus operaciones. Cuando la empresa pretenda prestar sus servicios con carácter habitual en localidad distinta, deberá modificarse el domicilio de la autorización.
La modificación se realizará previo informe del Ayuntamiento del municipio en el que vaya a domiciliarse, una vez que el órgano competente constate el cumplimiento de los requisitos de disponibilidad de local y número mínimo de vehículos que resulten exigibles, en razón a la población, con arreglo a lo dispuesto en esta Orden.

Anónimo dijo...

Ambito de las autorizaciones de transporte sanitario
Las autorizaciones de transporte sanitario público y privado complementario habilitarán para la realización de transporte, tanto urbano como interurbano, en todo el territorio nacional.

Formas de disposición de los vehículos adscritos a las autorizaciones de transporte sanitario
Las autorizaciones de transporte sanitario habrán de referirse a vehículos sobre los que el titular de aquéllas disponga en virtud de alguno de los siguientes títulos:
a) Propiedad o usufructo.
b) Arrendamiento financiero («leasing»).
c) Arrendamiento en las condiciones previstas en la sección 1.ª del capítulo IV del título V del ROTT y en las normas dictadas para su desarrollo.
La Dirección General de Ferrocarriles y Transportes por Carretera podrá autorizar otras formas concretas de disposición de los vehículos que se hayan de adscribir a las autorizaciones, siempre que quede garantizada su plena disponibilidad por el titular de la autorización y éste así lo justifique documentalmente.

Antigüedad de los vehículos adscritos a las autorizaciones de transporte sanitario
Los vehículos no podrán continuar dedicándose a la realización de transporte sanitario de ninguna clase desde el momento en que superen la antigüedad máxima de ocho años, contados desde su primera matriculación.

Vigencia de las autorizaciones de transporte sanitario
1. Las autorizaciones de transporte sanitario público y privado complementario se otorgarán sin plazo de duración prefijado, si bien su validez quedará condicionada a la comprobación periódica de la subsistencia de las condiciones que originariamente justificaron su otorgamiento y de aquellas otras que, aun no siendo exigidas inicialmente, resulten de obligado cumplimiento. Esta comprobación se llevará a efecto mediante el correspondiente visado.
El visado se realizará cada dos años por el órgano competente conforme a lo dispuesto en el art. 3, de acuerdo con el calendario que se determine por la Dirección General de Ferrocarriles y Transportes por Carretera o, de conformidad con lo previsto por ésta, por las Comunidades Autónomas que por delegación del Estado hayan de realizarlo.
Con independencia del visado periódico establecido en este artículo, la Administración podrá comprobar en cualquier momento el cumplimiento de las condiciones que justificaron el otorgamiento de las autorizaciones o que constituyan requisitos para su validez, recabando a tal efecto de su titular la documentación acreditativa que resulte procedente.
2. Cuando la certificación técnico-sanitaria regulada en el capítulo IV sea suspendida, retirada o no renovada en el plazo establecido, se considerará automáticamente invalidada la autorización de transporte sanitario, aun cuando dicha invalidez no haya sido formalmente declarada por la Administración.
El órgano competente para el otorgamiento de la autorización de transporte sanitario procederá, en consecuencia, a la inmediata anulación de aquélla, tan pronto le sea comunicado por el órgano competente en materia de sanidad que al vehículo a que está referida le ha sido suspendida, retirada o no renovada la certificación técnico-sanitaria.

Anónimo dijo...

Requisitos para el otorgamiento de las autorizaciones
a) Ser persona física, no pudiendo otorgarse autorizaciones de forma conjunta a más de una persona ni a comunidades de bienes, o bien persona jurídica, debiendo revestir en este caso la forma de sociedad mercantil, sociedad anónima laboral o cooperativa de trabajo asociado.
b) Tener nacionalidad española, de un Estado miembro de la Unión Europea o de otro Estado extranjero con el que, en virtud de lo dispuesto en los Tratados o Convenios internacionales suscritos por España, no sea exigible el citado requisito.
c) Cumplir las obligaciones de carácter fiscal establecidas por la legislación vigente, conforme a lo que se determina en las letras d) y e) del art. 13.
d) Cumplir las obligaciones laborales y sociales exigidas por la correspondiente legislación, conforme a lo que se determina en la letra b) del art. 13.
e) Disponer de medios que permitan la inmediata localización las veinticuatro horas del día. Cuando las autorizaciones se hayan de domiciliar en una población de más de 20.000 habitantes de derecho, se habrá de disponer, en todo caso, de un local abierto al público con nombre o título registrado.
f) Disponer del número mínimo de vehículos de transporte sanitario que corresponda con arreglo a lo dispuesto en el art. 10.
g) Contar con la correspondiente certificación técnico-sanitaria en vigor referida a cada uno de los vehículos para los que se pretenda obtener autorización.
h) Tener cubierta de forma ilimitada su responsabilidad civil por los daños que puedan causarse con ocasión del transporte.

Existen hasta 30 artículos como estos con diversas normas, pero los mas asimilibles e interesantes en normas generales son estos.

Equipo de seguridad en el transporte sanitario

EPI

Las EPI's son los equipos destinados a ser llevados o sujetados por el trabajador para que le protejan de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud.
La vestimenta del profesional del transporte sanitario ha de ser vistosa, evitando los colores oscuros; además, en lugares oscuros o poco iluminados en los que hay riesgo de accidente, atropello o colisión, es necesario que se complemente con ropa de señalización de alta visibilidad (reflectante) destinada a ser percibida visualmente sin ambigüedad en cualquier circunstancia: brazaletes, guantes y chalecos.

En función de la actividad que lleves a cabo en determinados momentos, debes de utilizar diferentes Equipos de Protección individual:
-Durante la estabilización de heridos, utiliza guantes de látex y mascarilla, y protecciones oculares cuando hay riesgo de salpicadura.
-Cuando tu actividad requiera realizar un esfuerzo superior a lo normal como el subir o bajar a pacientes del vehículo, de su domicilio o del centro de salud, usa fajas dorsolumbares para prevenir molestias musculares.
-En las tareas de limpieza de las ambulancias utiliza guantes de seguridad (de goma) y mascarillas, para manipular sin riesgo los desinfectantes y los productos de limpieza; y botas y ropa de agua impermeables, para no mojarte.
-Si realizas actividades de mecánica, protégete con guantes contra la agresión mecánica, y botas de seguridad con puntera reforzada y suela antideslizante.
-En trabajos de soldadura tienes que utilizar la pantalla facial del soldador, manguitos y mandil de cuero, para evitar que las partículas se proyecten sobre diferentes partes de tu cuerpo, y también guantes y botas de seguridad contra la agresión de origen térmico.

Anónimo dijo...

Ante exposiciones de sangre:
Todo el personal sanitario deberá utilizar de forma rutinaria las medidas de protección adecuadas para prevenir el contacto de piel y mucosas con sangre y/o fluidos corporales de cualquier paciente.
Las medidas de protección individual son las siguientes:
Guantes (ya sean estériles o no)
Mascarillas
Protecciones oculares
Batas o delantales
Las medidas de protección individual indicadas se utilizarán tanto para realizar cualquier técnica como en la manipulación, el transporte y la limpieza de objetos posiblemente contaminados por sangre y/o fluidos corporales.
Antes de comenzar la tarea, se protegerá convenientemente cualquier erosión o herida para evitar cualquier posible contacto.
Se deberá actuar con precaución al manipular objetos punzantes o cortantes para evitar sufrir heridas.
No se deberán enfundar de nuevo las agujas ya utilizadas en el capuchón protector, ni se doblarán ni se separarán manualmente de las jeringas.
Las agujas ya utilizadas, así como los objetos punzantes o cortantes de un solo uso, se depositarán en los correspondientes contenedores de seguridad para la eliminación de residuos de grupo III.
Siempre deberán desecharse los guantes utilizados después de cada contacto y siempre que se rompan o perforen.
Cualquier zona corporal que haya estado en contacto con sangre y/o fluidos corporales deberá lavarse inmediatamente a fondo, utilizando la técnica necesaria.
Se comunicará el accidente siguiendo los cauces establecidos.
En el caso de derrames o vertidos, deberá ponerse en contacto con el responsable quien le indicará los medios de protección necesarios y las pautas de actuación.

Riesgos
Existen muy diversos riesgos en el transporte sanitario, a continuación enumeramos los más destacables:
-Accidentes o golpes con vehiculos
-Caida de objetos desprendidos
-Caida de personas al mismo y distinto nivel
-Carga física
-Carga mental
-Choque contra objetos inmoviles
-Contactos electricos
-Contaminantes biologicos
-Cortes y golpes por objetos o herramientas
-Incendios y explosiones
-Proyeccion de fragmentos o partículas
-Ruido
-Sobreesfuerzo
-Sustancias nocivas y tóxicas
-Temperaturas ambientales extremas
-Vibraciones

Anónimo dijo...

Hola, muy interesante el post, muchos saludos desde Argentina!

Anónimo dijo...

Muchos saludos, muy interesante el post, espero que sigas actualizandolo!